martes, 15 de enero de 2013

Acta correspondiente a la Asamblea del día 06-06-12


ACTA DE LA CONTINUACIÓN DE LA ASAMBLEA Nº 6 DEL CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL DE LA COMUNA 10 (CCC) REALIZADA EL 06/06/12 EN LA SEDE DE LA  BIBLIOTECA CERVANTES SITUADA EN EL PASAJE RANQUELES 1836.
Hora de comienzo: 19.10 hs.
Moderador: Daniel Castelli
Participantes: 49 vecinos
                                            
ORDEN DEL DIA PREVISTO EN LA CONVOCATORIA:
  1. Aprobación Acta Asamblea anterior (x)
  2. Informe de Comisiones. Cada una tiene tres minutos para informar (x)
  3. Normas de funcionamiento
  4. Dominio en Internet del CCC 10

(x) puntos ya tratados.
Antes de comenzar a tratarse el Orden del Día la integrante de la Junta Comunal Cynthia Salama informa que los dos juntistas del  FpV no concurrieron ayer a la reunión realizada entre miembros de la J.C. e integrantes del CCC porque no les habían comunicado que se realizaría dicho encuentro.
La juntista deja tres notas para el CCC dado que todavía no hay un canal de comunicación entre la J.C. y el CCC.
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:
Continúa el tratamiento de las Normas de Funcionamiento del CCC10 con la lectura del artículo 11:
Art. 11 - Quórum
Las Asambleas necesitarán para funcionar la presencia de la mitad mas uno de la totalidad de sus miembros con derecho a voto, la fracción se cuenta como una persona más. Transcurrida media hora desde el plazo fijado por la convocatoria, sesionará válidamente con la presencia de por lo menos la tercera parte de sus integrantes con derecho a voto.”
Se proponen dos textos distintos al que se leyó.
Uno indica un mínimo de 30 para pasada la media hora. Se intercambian opiniones sobre qué pasa si vienen 29 o menos. Se menciona que fijemos un mínimo y veamos cómo funciona para volver a discutirlo en el futuro si es necesario. Finalmente se realiza la votación para elegir entre las dos propuestas presentadas  con el siguiente resultado: la propuesta presentada por C. Grassano obtiene 39 votos mientras que la presentada por E. Bunster recibe 4 votos. El texto aprobado para el artículo 11 es el siguiente:
Las Asambleas necesitarán para funcionar la presencia de la mitad más uno de la totalidad de sus miembros con derecho a voto, la fracción se cuenta como una persona más. Transcurrida media hora desde el plazo fijado por la convocatoria, sesionará válidamente con la presencia de un mínimo de 30 integrantes con derecho a voto.
A continuación se lee el artículo 12:
“Art. 12 - Votación:          
Cada integrante del CCC tiene un voto. Sólo podrán votar los miembros inscriptos de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 7 de esta norma, debiendo acreditar en cada caso, haber concurrido al menos a tres Asambleas en forma continua o a cinco en forma alternada. Dicho requisito, entrará en vigencia a partir de la quinta Asamblea que celebre el CCC. Para ser aprobada una propuesta, necesita del voto expreso y positivo de la mitad más uno de los presentes con derecho a voto. Las propuestas deben ser de los miembros presentes inscriptos o de las Secretarías o Comisiones. En caso de tener que procederse a realizar una votación, la Secretaría Administrativa y Legal, encargada de llevar el registro de asistencia, indicará quiénes son los asambleístas con derecho a voto.”
Se propone eliminar el requisito de la asistencia. Se discute el tema surgiendo entre otras las siguientes consideraciones:
  1. Poner filtro pone freno a la participación.
  2. Hay que dejar que voten los vecinos en temas particulares.
  3. Si vienen 200 de una patota copan la asamblea.
  4. No hacer una norma blindada.
  5. No nos reunimos para resolver el problema de un vecino en un día. Los problemas se resuelven trabajando y participando de las comisiones.
  6. Ordenar la normativa en función del trabajo.
  7. No tener derecho a voto no inhibe para participar. Una cosa es la participación y otra el voto.
  8. El requisito de la asistencia empieza a tener vigencia después de 5 asambleas de aprobadas las normas, es decir dentro de cinco meses.
  9. No alentamos la presentación de reclamos sino la participación.
  10. Se va a escuchar a todos. Con un mínimo de requisitos vamos a evitar dificultades.
  11. La continuidad de la presencia hace a la participación. Respeto, escucha, participación son parte del ejercicio que estamos poniendo en práctica.
  12. Las comisiones son centrales para la participación.
  13. Nadie puede votar si no está inscripto en el Registro.
  14. Estamos dando vida a una institución sin precedentes.
  15. La inscripción y la participación es una cuestión voluntaria.
  16. Debemos soñar la comuna que queremos y evitar que la coyuntura nos ahogue.
  17. La confianza se gana en la continuidad y la presencia.
  18. No olvidemos las funciones del CCC que fija el artículo 35.
Finalmente se pone a votación el artículo tal como fue leído, resultando aprobado por 40 votos positivos contra 6 negativos.
A continuación se lee la primera parte del artículo 13:
Art. 13  - Secretarías:
Serán pluripersonales, sus miembros se elegirán por Asamblea y durarán un año en el cargo, pudiendo ser revocados sus mandatos por la Asamblea en cualquier momento. Son de carácter permanente y se crean para coordinar cuestiones administrativas, organizativas y de enlace institucional. Deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación del CCC en su asamblea mensual, y recibir instrucciones de ésta. Están compuestas por un mínimo de cinco miembros electos por la Asamblea en reunión convocada a tal efecto; en caso de vacancia, el sucesor electo completará su período. Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas y un Secretario Coordinador de sus reuniones, y otros que resuelvan sus miembros. Llevarán un registro de asistencia a sus reuniones y un libro de actas.”
Después de algunas consideraciones, entre las que se señala que no está determinado aún como se elabora el Orden del Día,  hay una propuesta con el siguiente texto:
Serán pluripersonales y abiertas a todos los integrantes del CCC.  Son de carácter permanente y se crean para coordinar cuestiones administrativas, organizativas y de enlace institucional. Deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación del CCC en su asamblea mensual y recibir instrucciones de ésta.  Están compuestas por un mínimo de cinco miembros. Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas, un Secretario Coordinador y otros cargos que se resuelva. Llevarán un registro de asistencia a sus reuniones y un libro de actas. Tendrán derecho a voto los miembros que no hayan faltado a  tres reuniones consecutivas o a  cinco alternadas en un periodo anual.
Todas las comisiones deberán informar a la Secretaría Administrativa y Legal los temas que quieran incluir en el orden del día de la próxima asamblea con una anticipación no menor a 7 días a la realización  de la misma. En base a las propuestas las Secretarías de Relaciones Institucionales y Administrativa y Legal en forma conjunta elaborarán el Orden del Día.
A continuación surgen opiniones y propuestas:
  1. Que la Secretaría de Relaciones Institucionales elabore la Orden del Día con delegados de las distintas comisiones.
  2. Se menciona la reunión con Ferrari donde faltaba información y delegados del Corralón.
  3. La Comisión de Género tiene cuatro miembros. No va a poder funcionar por no cumplir con la norma.
  4. Las comisiones al votar filtran el poder de la asamblea.
  5. Podemos formar comisiones que no estén previstas en la descentralización.
  6. Las comisiones que tienen alguna propuesta que vayan a la reunión conjunta de las Secretarías Institucionales y Administración y Legal.
  7. Dada la cantidad de reuniones y el tiempo dedicado no hace falta la presencia de delegados si se puede mandar por mail.

Finalmente se pasa a votar la propuesta presentada para reemplazar a la leída originalmente obteniendo 33 votos positivos, por lo que se da por aprobada. Otra propuesta alternativa presentada obtuvo 9 votos positivos.
Hay una propuesta para eliminar el artículo 15 de la propuesta original por considerarse que no corresponde. La propuesta es aprobada por 31 votos positivos.
A continuación se lee la parte referida a las funciones de la Secretaría Administrativa y Legal:
“a) Secretaría Administrativa y Legal:
Son sus funciones:
1) Confeccionar las actas de las reuniones de las Asambleas y asentarlas en el libro de actas.
2) Llevar registro de asistencia a las Asambleas, uno por las Instituciones y otro para los vecinos a título personal.
3) Generar toda la documentación necesaria.
4) Enviar y recepcionar la correspondencia.
5) Llevar el archivo.
6) Comunicar fecha, hora y lugar de las Asambleas por correo electrónico u otro medio 
7) Recabar todo el asesoramiento legal necesario para el desenvolvimiento del CCC. 10
8) Llevar registro de quien tiene derecho a voto en cada Asamblea y cual es la cantidad necesaria de asambleístas presentes para que el funcionamiento de la Asamblea y de sus resoluciones sean válidas de acuerdo al Art. 9no de la presente norma.”
Hay una propuesta para agregar el punto 9) con el siguiente texto: Auditar el registro que establece el artículo 26 inciso K) de la Ley 1777.
Se pone a votación el texto leído más el agregado del punto 9 resultando 37 votos positivos, ninguno negativo y 5 abstenciones.
A continuación se lee la parte referida a las funciones de la Secretaría de Relaciones Institucionales:
b) Secretaría de Relaciones Institucionales:
Son sus funciones: 
1) Mantener un contacto permanente con la Junta Comunal de la Comuna 10 . 
2) Mantener un contacto permanente con los tres poderes de la CABA, y otros Organismos Públicos y Privados 
3) Realizar gestiones ante los tres Poderes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otros Organismos públicos y privados. 
4) Gestionar el acercamiento de Instituciones Sociales al CCC.
5) Ser el nexo con otros CCC.
6)  Moderar las reuniones de las Asambleas.”
Se propone sacar el punto 6)  En su lugar se solicita que el moderador sea elegido en cada asamblea.
Luego de un intercambio de opiniones se propone incorporar como artículo 15 el siguiente texto:
Art. 15 – Moderador:
Las Asambleas se desarrollarán de acuerdo al Orden del Día correspondiente y serán moderadas por un miembro del C.C.C, elegido al comienzo de cada una.
Finalmente se ponen a votación simultáneamente los 5 puntos de las funciones de la Secretaría de Relaciones Institucionales (sin el punto 6) y el nuevo artículo 15. Resultan 37 votos positivos, no hay  negativos ni abstenciones.
A continuación se lee la primera parte del artículo 14:
“Art. 14  - Comisiones:
Serán de dos tipos: Permanentes y de Trabajo.  Son pluripersonales y sus miembros se elegirán por la Asamblea, y durarán un año en sus cargos, pudiendo ser revocados por la Asamblea en cualquier momento. Se crean para atender tareas que determinan estas normas o cuestiones específicas que la Asamblea considere necesario., deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación del CCC en su Asamblea mensual, y recibirán instrucciones de ésta. Están compuestas por un mínimo de cinco miembros electos por la Asamblea en reunión convocada a tal efecto. En caso de vacancia, el sucesor electo completará su periodo. Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas,  un Secretario Coordinador de sus reuniones y otros  que resuelvan sus miembros. Llevarán el registro de asistencia de los miembros presentes y un libro de actas de lo tratado en sus reuniones.”
Se propone el siguiente texto en lugar del anterior:
Son de dos tipos: Permanentes y de Trabajo. Serán pluripersonales y abiertas a todos los integrantes del CCC. Se crean para atender tareas que determinan estas normas o cuestiones específicas que la Asamblea considere necesario. Deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación del CCC en su asamblea mensual y recibir instrucciones de ésta. Están compuestas por un mínimo de cinco miembros. Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas, un Secretario Coordinador y otros cargos que se resuelva. Llevarán un registro de asistencia a sus reuniones y un libro de actas. Tendrán derecho a voto los miembros que no hayan faltado a  tres reuniones consecutivas o a  cinco alternadas en un periodo anual.”
Se intercambian opiniones y propuestas como:
  1. No es necesario poner un mínimo. El número de integrantes se va dar por el trabajo y los temas
  2. Las comisiones están en formación. Por ahora no pongamos límites.
  3. Las comisiones permanentes y de trabajo son iguales.
  4. Se propone que únicamente las comisiones permanentes tengan un mínimo de 5 miembros.
  5. Las Comisiones Permanentes son para las tareas que no tienen fin. Las de Trabajo tienen principio y fin.

Por último se logra el siguiente texto:
“Son de dos tipos: Permanentes y de Trabajo. Serán pluripersonales y abiertas a todos los integrantes del CCC. Se crean para atender tareas que determinan estas normas o cuestiones específicas que la Asamblea considere necesario. Deberán elaborar un informe de lo actuado y someterlo a la aprobación del CCC en su asamblea mensual y recibir instrucciones de ésta. Las Comisiones Permanentes están compuestas por un mínimo de cinco miembros. Las Comisiones de Trabajo no requieren un mínimo de integrantes para funcionar. Entre sus miembros se nombrará un Secretario de Actas, un Secretario Coordinador y otros cargos que se resuelva. Llevarán un registro de asistencia a sus reuniones y un libro de actas. Tendrán derecho a voto los miembros que no hayan faltado a  tres reuniones consecutivas o a  cinco alternadas en un periodo anual.”
Puesto a votación este último texto es aprobado por 33 votos positivos, ninguno negativo y 1 abstención.
A continuación se comienza con la lectura de las funciones de las comisiones:
a) Comisiones Permanentes:
Son de carácter permanente y se crean para coordinar cuestiones administrativas y organizativas.
1) Comisión de Comunicación:
Son sus funciones: 
- Comunicar e informar hacia la Comuna los trabajos y resoluciones de la Asamblea 
- Informar a la Asamblea de comunicados o documentos de otras organizaciones en el ámbito de la CABA de interés comunal 
- Llevar el correo electrónico
- Llevar el Blog 
Informar las resoluciones a los Medios Barriales.”
Se pone a votación lo leído y es aprobado con 33 votos positivos.
Se sigue con la lectura:
“2) Comisión de Relevamiento:
Son sus funciones: 
Compilar por sí, o a través de las instituciones o ciudadanos de la Comuna, todos los problemas, necesidades y proyectos que existan, con el fin de ordenarlos de la manera que la Asamblea los determine para tratarlos por el CCC.”
Se presenta la siguiente propuesta para ampliar la anterior:
Son sus funciones:
- Compilar por sí, o a través de las instituciones y/o ciudadanos de la Comuna, todos los problemas, necesidades y proyectos que existan, con el fin de ordenarlos de la manera que la Asamblea lo determine para tratarlos en el C.C.C. 
-  La presentación periódica a la Junta Comunal a través del enlace que ésta defina, de los problemas, necesidades y proyectos que hayan presentado vecinos y/o instituciones y fueran  aprobados por el CCC.
-  La reunión periódica con las áreas involucradas de gestión, en la persona del Juntista Responsable y el Responsable de área directo;  para acompañar las presentaciones que se hagan; reunión que  deberá ser gestionada por el Juntista enlace.
- Realizar el seguimiento y evaluación de la gestión Comunal en relación a los problemas, necesidades y proyectos presentados;  y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna 10. (Artículo 5 Funciones del C.C.C.)
- Informar periódicamente al C.C.C. respecto de gestiones no resueltas en los tiempos y condiciones previstas; para que la Asamblea determine  su tratamiento con la Junta y/o organismos correspondientes de la administración central.
- Informar al C.C.C. sobre los relevamientos realizados,  y sobre la demanda insatisfecha que le permitan al C.C.C. definir los puntos a incorporar al plan anual de la comuna (Párrafo 2, Artículo 5 Funciones del CCC)
La propuesta ampliada es aprobada por 30 votos positivos, ninguno negativo y 2 abstenciones.
Se continúa con la lectura:
“3) Comisión de Presupuesto:
Son sus funciones: Cumplimentar las descriptas en los incisos a) y h) del Artículo 35 de la Ley 1777.”
Se propone incluir también el inciso b), quedando la redacción como sigue:
Son sus funciones: Cumplimentar las descriptas en los incisos a), b) y h) del Artículo 35 de la Ley 1777.”
Se aprueba la última versión con 31 votos afirmativos.
Se continúa con la lectura:
“b) Comisiones de Trabajo:
Son aquéllas creadas por la Asamblea del CCC y tienen como misión profundizar el conocimiento de situaciones que tengan incidencia en la Comuna y/o algunos de sus Barrios o Vecindarios, para elaborar propuestas de solución o proyectos y/o para accionar ante la población de la Comuna y los Poderes Públicos, a fin de demandar y controlar la implementación de soluciones que se consideren adecuados. Podrán ser temáticas, territoriales o ambas, según se considere adecuado en cada caso.  Ningún miembro de las comisiones podrá actuar  por el CCC ante cualquier autoridad o funcionario de la CABA, si no es avalado plenamente por el Plenario del CCC.”
El texto leído es aprobado con 29 votos positivos y 2 abstenciones.
A continuación se lee el artículo 16:
"Art. 16 – Modificación de las presentes Normas:
Las modificaciones que surjan a estas normas, deberán ser efectuadas por una Asamblea Extraordinaria, debiendo ser aprobada por los dos tercios de los miembros presentes, por mayoría simple. Su contenido y atribuciones serán revisados y adecuados, de ser decidido por la Asamblea, no antes de transcurridos seis meses desde su aprobación”
Se presenta el siguiente texto alternativo:
Las modificaciones que surjan a estas normas deberán ser efectuadas por una Asamblea Extraordinaria, debiendo ser aprobadas por mayoría simple de los miembros del C.C.C. presentes en la misma. Su contenido y atribuciones serán revisados y adecuados, de ser decidido por la Asamblea, no antes de transcurridos seis meses desde su aprobación
El texto alternativo es aprobado por 33 votos afirmativos.
Se aplaude para festejar que el C.C.C. 10 tiene aprobadas sus Normas de Funcionamiento.
Por último se acuerda que la próxima asamblea del C.C.C. 10 se realice el miércoles 4 de julio a las 18,30 en lugar a designar.
El punto 4 del Orden del Día - Dominio en Internet del CCC 10 no fue tratado.
Siendo la 22.20 hs. se levanta la asamblea.

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